En la actualidad, el 91% del plástico que se produce en todo el mundo no se recicla. Por este motivo, y con el objetivo fundamental de impulsar la economía circular y reducir el consumo de plásticos de un solo uso, se han establecido en la Unión Europea una serie de nuevos requerimientos en materia de prevención de residuos y economía circular.
En nuestro país, el nuevo impuesto al plástico 2023, establecido en el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, grava con un impuesto de 0,45 euros por kilo la fabricación y la importación de plástico utilizado para fabricar envases de un solo uso y que, por lo tanto, no sea reutilizable. Una importante novedad legislativa en materia de envases dirigidos a fomentar la economía circular en el sector.
La nueva orden, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2023, cumple con lo establecido en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (7/2022, de 8 de abril) y establece un plazo de 30 días naturales para que todos los fabricantes rellenen y presenten en el registro territorial el nuevo formulario de autoliquidación (modelo 592), relativo al “impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables”, con el que a partir de este momento deberán dar explicaciones sobre el uso y consumo de este tipo de material.
No obstante, y según el texto de la nueva ley, quedarán exentos de este impuesto todos los envases que hayan sido “concebidos, diseñados y comercializados para realizar múltiples circuitos o rotaciones a lo largo de su ciclo de vida y que puedan ser rellenados o reutilizados con el mismo fin”.
Para las empresas, afrontar todo este proceso supone un gran reto debido a la gran cantidad de información que tienen que recoger y analizar, y que procede de diferentes fuentes, e incluso de distintos países. Esto supone, al mismo tiempo, una nueva forma de adoptar un enfoque circular en los procesos empresariales. Y para ayudar a las empresas a abordar este proceso de transformación, la tecnología va a jugar un papel fundamental.
Menos envases de un solo uso en comercios y menos residuos con el nuevo impuesto al plástico 2023
Como acabamos de comentar, con la entrada en vigor de este nuevo impuesto al plástico en España, la legislación de nuestro país va a cumplir con los requerimientos de la UE en materia de prevención de residuos y economía circular. Se amplía de esta manera la fiscalidad verde, aunque la de nuestro país sigue siendo una de las más bajas a nivel europeo.
Las previsiones del Gobierno español apuntan a que mediante este impuesto la recaudación será de unos 700 millones de euros anuales, con unos objetivos de reducción de los envases de plástico de un solo uso del 50% para 2026 y del 70% para 2030 respecto al nivel actual. La nueva legislación también incluye el objetivo de reducción de las botellas de plástico de un 20% para 2030 respecto a los niveles actuales.
Todo ello va a suponer un cambio radical para los comercios minoristas de alimentación, ya que deberán adoptar las medidas necesarias para incluir obligatoriamente la venta a granel de frutas y verduras frescas en sus establecimientos. Además, las tiendas de alimentación que superen los 400 metros cuadrados de superficie deberán destinar al menos un 20% a la venta a granel.
La nueva ley establece que los comercios “deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables por parte de los consumidores, que serán los responsables de su acondicionamiento y limpieza”. De esta forma se deja a criterio del comerciante la posibilidad de rechazar la venta a granel en el caso de que el recipiente aportado por el cliente esté “manifiestamente sucio o no sea el adecuado”, y de esta forma evitar la responsabilidad ante posibles "problemas de seguridad alimentaria".
A su vez, el nuevo Real Decreto de Envases y Residuos de envases obliga a los fabricantes a financiar la recuperación de todos los envases que aparezcan en los contenedores generales, las papeleras y los que se tiren en el entorno.
Características del impuesto al plástico especial sobre envases no reutilizables
Veamos a continuación cuáles son los aspectos más significativos del nuevo impuesto al plástico 2023 en nuestro país:
Objetivo del impuesto. Impulsar la economía circular y reducir el consumo de plásticos de un solo uso.
Qué supone para las empresas. Para calcular el gravamen, las empresas tendrán que informar sobre la cantidad exacta de plástico que contienen los envases no reutilizables. Esto supone que es necesario que conozcan con exactitud los datos sobre los envases y sobre los materiales empleados en su fabricación, independientemente de dónde se hayan producido. Es, por lo tanto, necesario llevar a cabo toda la trazabilidad del proceso productivo y logístico del producto. Además, otro de los desafíos que afectan a las empresas, es el cumplimiento de los requisitos de facturación que marca la ley, y que afectan tanto al productor como al comprador.
A qué productos afecta. El impuesto se aplica a cualquier envase y recipiente no reutilizable, fabricado total o parcialmente con plástico, destinados a la fabricación de envases no reutilizables. También grava a los productos de plástico que permiten cerrar, comercializar o presentar los envases no reutilizables. Están sujetos al impuesto independientemente de si están vacíos o si contienen, manipulan, protegen o distribuyen mercancías.
Atributos y características del plástico que contempla el impuesto. El impuesto tiene en cuenta el tipo de polímero y la cantidad utilizada en su fabricación, su durabilidad, su superfluidad, la cantidad de material reciclado que contiene, la presencia de sustancias peligrosas y otros factores que afecten a su facilidad de reutilizar y/o de reciclar. En función de todos estos factores, se determina la tasa a pagar, la cual disfrutará de una bonificación cuando el producto cumpla con los criterios de eficiencia señalada en la ley o una penalización cuando no los cumpla.
A qué tipo de empresas afecta. El impuesto se aplica a las empresas que fabriquen, importen o realicen adquisiciones dentro de la Unión Europea de envases de plástico no reutilizables cuyo destino final sea el mercado español.
Exenciones. Quedan exentos del impuesto todos aquellos productos enviados fuera de España a otros países de la UE o exportados fuera de la UE, los productos plásticos para usos médicos y los productos de plástico destruidos o inadecuados para su uso, así como aquellos en los que el peso de los envases de plástico no reutilizables importados sea inferior a 5 kg al mes.
Sanciones. Las empresas que no paguen el gravamen se enfrentan a importantes sanciones económicas. Las sanciones serán graduales en función del importe derivado de cada infracción, estableciéndose siempre un mínimo de 1.000 euros de sanción mínima. La falsa o incorrecta certificación de la cantidad de plástico reciclado expresada en kilogramos y contenida en los productos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto, se sancionará con una multa proporcional del 50% del importe de las cuotas del impuesto que se hubiesen podido dejar de ingresar, con un importe mínimo de 1000 euros. La sanción que corresponda se incrementará en un 25% si existe comisión repetida de infracciones tributarias.
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