Calendario fiscal: Obligaciones en Marzo

Saqqara Informática   |   12 marzo 2019   |    2 MINUTOS DE LECTURA
<span id="hs_cos_wrapper_name" class="hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text" style="" data-hs-cos-general-type="meta_field" data-hs-cos-type="text" >Calendario fiscal: Obligaciones en Marzo</span>

El calendario fiscal, es dónde se recogen las fechas en las que debemos realizar, los contribuyentes, las gestiones, consultor datos o presentar documentos y realizar los pagos a los que estemos obligados dependiendo de la actividad a la que pertenezca o la situación económica.

Calendario fiscal: Marzo 2019

 

Describimos los acontecimientos en el calendario fiscal de marzo: los modelos que se deben presentar y las fechas límites para los mismos.

 

Si ya hemos presentado las declaraciones informativas del mes de enero y

  • el modelo 415 si nos encontramos en Canarias
  • el modelo 347 en península

en Febrero, solo tendrán obligaciones fiscales las empresas que no presenten las liquidaciones de manera trimestral, sino mensual, a parte, de las grandes empresas que tienen que presentar impuestos especiales de fabricación.

 

Las autoliquidaciones

Vamos a explicar las diferentes formas de presentar autoliquidaciones:

 

  • Por un lado, pueden ser Trimestrales, que comprende a los empresarios individuales, profesionales y organismos sin personalidad jurídica.

 

  • Por otro lado, mensuales, comprendiendo a los empresarios individuales, sociedades y los organismos sin personalidad jurídica pero que tienen un volumen de ventas superior a 6.010.121,04 € en 2018.

 

Modelos a presentar el día 20 de Marzo

Los distintos modelos que deben presentar las empresas obligadas a ello son :

 

  • Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230. (Régimen mensual)

 

Estos modelos hacen relación con las retenciones e ingresos a cuenta de: rendimiento del trabajo, determinadas ganancias patrimoniales, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, rendimientos del capital mobiliario…

 

 

 

Aparte de presentar los modelos nombrado,  el dia 20 de Marzo, se debe presentar otros modelos como:

 

  • Modelo 349, Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias del mes de febrero.

 

Por otro lado, el día 20 de marzo (miércoles) es el día en que las empresas grandes tengan que presentar sus autoliquidaciones relativas a los impuestos de la Renta y Sociedades.

Si hubiera sido día festivo, el plazo habría terminado el primer día hábil siguiente.

 

Modelos a presentar el día 30 de Marzo

Los distintos modelos a presentar por las empresas son:

  • Modelos: 303 y 305 (Régimen mensual)

Cabe destacar que el Suministro Inmediato de Información (SII) se aplica a los sujetos pasivos que tengan periodo de liquidación del IVA mensual y se recogen aquí:

  • Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
  • Grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04 €)
  • Grupos de IVA
  • Resto de sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo.

Dichos sujetos pasivo que formen parte del SII tienen un plazo de 10 días para presentar sus declaraciones del IVA, en éste caso hablamos de IGIC al estar en Canarias, y el plazo de presentación del mismo comprenderá del 1 al 30 del mes siguiente al periodo de liquidación.

La fecha límite para presentar el IGIC de febrero finaliza el 30 de marzo. Sin embargo, la deberemos presentar el día 26 de marzo si la autoliquidación se realiza mediante domiciliación bancaria,

  • Modelo 322. Lo utilizan los sujetos pasivos que forman parte de un grupo de entidades.

Tienen del 1 al 30 del mes siguiente al periodo de liquidación, por lo cual, tendrá para presentar la autoliquidación del mes de Febrero hasta el 30 de Marzo.

 

Soluciones de gestión

Llevar al día las presentaciones de los modelos del mes de Marzo es más sencilla  que en otro de mayor carga de trabajo. Sin embargo, se debe contar con las soluciones de gestión adecuadas que automaticen  gran parte de las tareas necesarias para la confección y presentación de modelos tributarios.

 

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