Convocatoria Subvenciones Aragón 2024: Pequeñas y medianas empresas.

Saqqara Informática   |   13 marzo 2024   |    2 MINUTOS DE LECTURA
<span id="hs_cos_wrapper_name" class="hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text" style="" data-hs-cos-general-type="meta_field" data-hs-cos-type="text" >Convocatoria Subvenciones Aragón 2024: Pequeñas y medianas empresas.</span>

Se lanzan nuevas ayudas para pequeñas y medianas empresas de Zaragoza y Huesca.

A través de esta solicitud se puede presentar solicitud para acceder a las ayudas que presenta el Gobierno de Aragón, con el fin de la digitalización de las empresas en los territorios de Zaragoza y Huesca,

Requisitos para acceder a la subvención del Gobierno de Aragón.

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en estas bases reguladoras las pymes que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007): 

Industria Manufacturera - Divisiones 10 a 33

Construcción- Divisiones 41 a 43.

Transporte y Almacenamiento - Divisiones 49 a 53.

 

  • Realizar las actividades e inversiones objeto de subvención en las provincias de Zaragoza y Huesca

  • Tener personalidad jurídica propia, y estar válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud y dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.

  • Tener la consideración de Pyme conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 187, de 26 de junio de 2014 (Reglamento General de Exención por Categorías).

  • No haber recibido otra subvención pública para las mismas actuaciones para las que se solicita la ayuda.

  • Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.

  • No haber sido sancionado de forma firme por la autoridad laboral competente.

  • No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

  • Quedan excluidos expresamente las comunidades de bienes, entidades y sociedades públicas, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y resto de entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué documentación es necesaria aportar?

En todos los casos habrá que presentar obligatoriamente los siguientes documentos: 

  • Solicitud normalizada.

  • Memoria de la actuación en las que se detallen los servicios e inversiones previstas y la descripción de la PYME. La memoria servirá de referente para aplicar los criterios de valoración.

  • Declaración responsable de otras ayudas.

    Sujetas al régimen de minimis recibidas y/o solicitadas en los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso (incluida en el formulario de solicitud).

  • Poderes de representación,

    Cuando el solicitante actúe por medio de representante, salvo que se acceda mediante certificado electrónico de la entidad en calidad de representante, deberán aportarse los documentos que acredite el poder de representación de éste último

  • Tamaño empresa y actividad.

    Documentación que permita acreditar la categoría de la empresa como micropyme, pequeña o mediana empresa, su clasificación CNAE.

  • Informe plantilla media.

    Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido al periodo comprendido entre los doce meses anteriores a dicha fecha, en la que figuren relacionadas todas las cuentas de cotización correspondientes a los diferentes centros de trabajo. En caso de no tener asalariados, se deberá presentar un “Informe de inexistencia de inscripción como empresario en el Sistema de la Seguridad Social” expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Si en cambio, su inscripción como empresario en la Seguridad Social es menor de un mes, se deberá presentar certificado de alta que lo acredite

¿Qué documentación consultará la administración? 

Para terminar de realizar el trámite la administración podrá consultar los siguientes adicionales:

  • Verificación de Datos de Identidad

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

¿Cómo puedo presentar la solicitud?

Este trámite es necesario realizarlo de forma telemática, mediante un documento de identificación y firma electrónica (DNI, certificado electrónico o cl@ve)

Si quieres iniciar tu trámite déjanos tus datos y accede a la ayuda para digitalizar tu empresa.

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