El calendario fiscal, es dónde se recogen las fechas en las que debemos realizar, los contribuyentes, las gestiones, consultor datos o presentar documentos y realizar los pagos a los que estemos obligados dependiendo de la actividad a la que pertenezca o la situación económica.
Describimos los acontecimientos en el calendario fiscal de marzo: los modelos que se deben presentar y las fechas límites para los mismos.
Si ya hemos presentado las declaraciones informativas del mes de enero y
en Febrero, solo tendrán obligaciones fiscales las empresas que no presenten las liquidaciones de manera trimestral, sino mensual, a parte, de las grandes empresas que tienen que presentar impuestos especiales de fabricación.
Vamos a explicar las diferentes formas de presentar autoliquidaciones:
Los distintos modelos que deben presentar las empresas obligadas a ello son :
Estos modelos hacen relación con las retenciones e ingresos a cuenta de: rendimiento del trabajo, determinadas ganancias patrimoniales, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, rendimientos del capital mobiliario…
Aparte de presentar los modelos nombrado, el dia 20 de Marzo, se debe presentar otros modelos como:
Por otro lado, el día 20 de marzo (miércoles) es el día en que las empresas grandes tengan que presentar sus autoliquidaciones relativas a los impuestos de la Renta y Sociedades.
Si hubiera sido día festivo, el plazo habría terminado el primer día hábil siguiente.
Los distintos modelos a presentar por las empresas son:
Cabe destacar que el Suministro Inmediato de Información (SII) se aplica a los sujetos pasivos que tengan periodo de liquidación del IVA mensual y se recogen aquí:
Dichos sujetos pasivo que formen parte del SII tienen un plazo de 10 días para presentar sus declaraciones del IVA, en éste caso hablamos de IGIC al estar en Canarias, y el plazo de presentación del mismo comprenderá del 1 al 30 del mes siguiente al periodo de liquidación.
La fecha límite para presentar el IGIC de febrero finaliza el 30 de marzo. Sin embargo, la deberemos presentar el día 26 de marzo si la autoliquidación se realiza mediante domiciliación bancaria,
Tienen del 1 al 30 del mes siguiente al periodo de liquidación, por lo cual, tendrá para presentar la autoliquidación del mes de Febrero hasta el 30 de Marzo.
Llevar al día las presentaciones de los modelos del mes de Marzo es más sencilla que en otro de mayor carga de trabajo. Sin embargo, se debe contar con las soluciones de gestión adecuadas que automaticen gran parte de las tareas necesarias para la confección y presentación de modelos tributarios.
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